viernes , octubre 31 2025

El Periplo de Ascenval

(Registro fotográfico de Andrés Valenzuela, de ASCENVAL)

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Más de 5 lustros han pasado desde que un movimiento ciudadano denominado “Usuarios de Ascensores de Valparaíso”, difundió el deterioro creciente y el riesgo de desaparición que afectaba a los ascensores porteños, los que cotidianamente trasladan a los ciudadanos desde los cerros al plan.

ASCENVAL (Agrupación de Usuarios y Usuarias de Ascensores de Valparaíso) inicia su periplo el año 2020, tomando las banderas de esa reivindicación ciudadana originaria; dan a conocer –mediante muchas iniciativas-, la importancia de estos aparatos para hacer conciencia de su recuperación patrimonial y mantenerlos activos en el tiempo.

Los funiculares forman parte del Transporte Vertical. En la actualidad están esparcidos por todo el mundo. Vieron la luz en Europa el año 1862, en la ciudad francesa de Lyon y sucesivamente en Budapest año 1870 y Viena, año 1873.

En el cerro Concepción de Valparaíso se emplaza en diciembre del año 1883 el funicular o ascensor del mismo nombre (El Concepción), siendo una iniciativa de empresarios privados en las postrimerías del siglo XIX.

 

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Desde nuestro medio, TRANSPORTE VERTICAL Una Revista Digital, hemos acompañado con varios artículos el peregrinaje de ASCENVAL.

Suscribimos plenamente el escaso rol del Estado de Chile y otras autoridades regionales y locales para avanzar en la crisis especifica de los ascensores del puerto.

Sostenemos que la Ley N° 20.296 y sus modificaciones posteriores, son aplicables plenamente a los ascensores porteños –en estricto rigor son ascensores inclinados o funiculares-.

Recordamos que esta Ley publicada en el Diario Oficial el 23 de octubre de 2008 (17 años de vigencia), estableció la obligatoriedad de un Reglamento del Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores, tanto Verticales como Inclinados o Funiculares, Montacargas y Escaleras o Rampas Mecánicas, a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).

Actualmente, este Registro Nacional contiene más de 300 empresas que operan a lo largo y ancho del país en sus distintas categorías.

Es una contradicción en este sensible tema mencionar de manera frecuente al Ministerio de Obras Públicas, al Ministerio de Transporte y del MINVU ¿QUE?

También mencionamos a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), pues el artículo 5.9.5, hace referencia implícita a los ascensores inclinados o funiculares, destacamos algunas de ellas:

  • NCh 3365 requisitos para equipos de transporte vertical – ascensores y montacargas inclinados o funiculares.
  • Plan anual de mantención para cada ascensor, tanto vertical como inclinado o funicular, montacarga, escalera o rampa mecánica, definido por el fabricante.
  • La alteración o transformación de ascensores inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas, sea por cambio o sustitución de sus componentes, o de una parte de estos, deberá conformarse a las correspondientes normas técnicas vigentes.

En este viaje de ASCENVAL, seguirán existiendo dudas respecto a los alcances de la Ley, el rol de MINVU y un largo etcétera, pero su práctica observada por nosotros refuerza la fe que tenemos en la perseverancia de la organización.

 

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Finalmente manifestamos nuestro deseo de pleno éxito al Cuarto Seminario de Ascensores de Valparaíso.

Fuentes referenciales

  • ascenval.cl
  • https://www.biobiochile.cl/noticias/artes-y-cultura/actualidad-cultural/2025/10/26/ascensores-de-valparaiso-las-venas-muertas-del-puerto.shtml

Acerca de Miguel Covarrubias

Miguel Covarrubias Saavedra es Ingeniero en Prevención de Riesgos y Medio Ambiente y Diplomado en Universidad de Chile “Economía y Gestión de Calidad para Trabajadores Líderes”. Además, es un profesional vinculado a la industria del Transporte Vertical por más de 52 años; integra también la Corporación Letras Laicas de Chile.

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