viernes , septiembre 18 2026

Trabajar en Ascensores: Labores de Alto Riesgo (Segunda parte)

Subcontratación y espacios confinados

En este nuevo artículo de la serie, analizaremos dos aspectos claves en la realidad de los trabajadores de ascensores, a saber: el sistema de subcontratación y las faenas en espacios confinados. Ambas realidades, de por si complejas, son parte sustantiva del modelo económico chileno.

Trabajadores de ascensores y subcontratación

UNO. En Santiago de Chile, el 5 de octubre de 2006, bajo el Gobierno de Michelle Bachelet, Presidenta de la República, se promulgó la Ley Nº 20.123, publicada en el Diario Oficial el 14 de octubre del mismo año, entrando en plena vigencia el 14 de enero del año siguiente.

DOS. Esta Ley regula una modalidad de contratación laboral consistente en que una empresa denominada principal (mandante) encarga a otra empresa denominada contratista, la realización de una parte de su actividad productiva o de servicios.

TRES.  La empresa contratista es la responsable de contratar y remunerar  a sus trabajadores que ejecutan las actividades y también cumplir con las obligaciones legales y contractuales que correspondan de conformidad a la legalidad vigente.

TRES. El sistema de subcontratación beneficia a las empresas mandantes pues utilizan esta modalidad para reducir costos, incorporar nuevas tecnologías y diversificar su flexibilidad empresarial.

CUATRO. No resulta del todo aceptable que la subcontratación aumenta la calidad de los trabajaos realizados o representa un beneficio para los trabajadores, quedando en entredicho, su acceso a mayores oportunidades de empleo, capacitación y desarrollo profesional, por parte de estos.

CINCO. La normativa en comento, no establece límites específicos para el número de empresas contratistas que la empresa mandante pueda contratar, siempre y cuando se respeten los derechos laborales y previsionales de los trabajadores subcontratados.

SEIS. La empresa principal se obliga a adoptar las medidas necesarias para proteger la vida y la salud de todos los trabajadores que laboren en sus dependencias o faenas donde opera mediante subcontratistas. También la empresa mandante asume el derecho de solicitar información a sus empresas contratistas respecto al cumplimiento de sus obligaciones con sus trabajadores y en caso contrario, retener los pagos ante incumplimientos en esta materia.

SIETE. La subcontratación es utilizada en diversos sectores de la economía nacional: Minería, Construcción, Agricultura, Metalurgia, Servicios Alimenticios y de Información, Sector Bancario, Comercio, etc. A todos estos rubros la subcontratación le aporta ventajas como la flexibilidad, reducción de costos y optimización de recursos, pero, los riesgos que implica son asimétricos respecto de los beneficios percibidos por las empresas principales.

OCHO. En la Construcción se utiliza de forma intensiva la subcontratación, una gran empresa del rubro puede emplear a miles de trabajadores externos frente a un número reducido de empleados propios.

NUEVE.  En Chile se estima que los trabajadores subcontratados (o tercerizados) alcanzan la cifra de 1.071.128 personas, equivalente al 15.5% del total de la fuerza laboral del país.

DIEZ.  Las principales actividades que las empresas del rubro ascensores han tercerizado en nuestra realidad nacional, total o parcialmente son: instalaciones y reparaciones de ascensores y escaleras mecánicas, labores de talleres tendientes al reemplazo de componentes menores y algunas actividades administrativas. Otra característica de la subcontratación en el sector, consistió en impulsarla a partir de los trabajadores más experimentados, su transformación en pequeñas empresas colaboradoras, bajo la nueva normativa legal.

Trabajadores de ascensores y espacios confinados

UNO.  En nuestro país, los trabajadores de ascensores desarrollan sus labores en espacios confinados, en Nuevas Instalaciones –montaje de equipos en obras de construcción-, o en Instalaciones Existentes –edificaciones permanentes-, que cuentan con equipos del Transporte Vertical.

DOS.  En términos generales, el espacio confinado se refiere a recintos con aberturas de entrada y salida limitados, siendo descritos como restringidos y no concebidos para una ocupación continuada de personas, estos espacios físicos en su interior, están asociados a la presencia de riesgos, principales o secundarios.

TRES.  Existe amplio consenso en calificar los espacios confinados, como uno de los lugares más peligrosos en la construcción, minería e industria en general.

CUATRO. En Chile, el Decreto Supremo Nº 40 y la Norma Chilena NCh 3190 establecen exigencias para proteger a los trabajadores que tienen que ingresar a estos espacios. Es conveniente mencionar que el conocimiento preciso de los espacios confinados, sus peligros y las medidas preventivas obligatorias son esenciales para evitar accidentes severos y mortales.

CINCO. Los trabajadores de ascensores en los espacios confinados están expuestos a riesgos de seguridad física: descargas eléctricas, peligros mecánicos (golpes, atrapamiento, aplastamiento), caídas al mismo nivel o de altura, dificultades de comunicación, por ejemplo, entre la sala de máquinas y un pozo de ascensor, caída de materiales desde el exterior al interior del espacio confinado.

 

Trabajar en Ascensores: Labores de Alto Riesgo (Primera parte)

 

Fuentes referenciales

Acerca de Miguel Covarrubias

Miguel Covarrubias Saavedra es Ingeniero en Prevención de Riesgos y Medio Ambiente y Diplomado en Universidad de Chile “Economía y Gestión de Calidad para Trabajadores Líderes”. Además, es un profesional vinculado a la industria del Transporte Vertical por más de 52 años; integra también la Corporación Letras Laicas de Chile.

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