Como medio de comunicación cuyo propósito central es aunar el trabajo e historia de la industria del Transporte Vertical en el mundo, y en particular en Chile; nos sentimos muy satisfecho por la resolución emitida desde el Ministerio del Interior, que declara el trabajo de los equipos de mantención de ascensores y dispositivos del transporte vertical, como esenciales. Nos sentimos particularmente interpretados porque esa fue nuestra inquietud, y así lo hicimos ver en nuestro comunicado publicado el 14 de abril. Si lo desea revisar, favor hacer CLIC AQUI.
Boletín Minvu
Estimados Proveedores,
En el contexto del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública en el Territorio de Chile, declarado por el Presidente de la República mediante D.S Nº 104 de fecha 18 de marzo de 2020, por la pandemia de COVID – 19 que afecta a nuestro país, y la cuarentenas obligatorias y cordones sanitarios que se han decretado en algunas zonas del territorio nacional.
Se adjunta la Resolución Exenta N° 1966 de fecha 12 de mayo de 2020, del Ministerio del Interior, mediante la cual se autoriza a los trabajadores que realizan directamente labores de instalación, mantención y certificación de ascensores y otras instalaciones similares que se individualizan a desplazarse en las comunas declaradas en cuarentena, ya sea a través, o bien desde o hacia ellas, pues el servicio que prestan ha sido declarado como esencial.
En el citado acto administrativo se incluyeron a los trabajadores declarados por las personas naturales y jurídicas, que se encontraban vigentes al 12 de mayo de 2020 en el Registro Nacional de instaladores, mantenedores y certificadores de ascensores y otras instalaciones similares y cuya información fue recibida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo hasta el día 12 de mayo de 2020 a las 12:00 hrs.
Sobre el particular, si su empresa está interesada en acogerse a este beneficio y no se encuentra en el listado actual, se solicita enviar a la brevedad la nómina de trabajadores que realizan directamente labores de instalación, mantención y certificación de ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas para efectos de tramitar su autorización para circular por las comunas en cuarentena o con cordón sanitario, a la siguiente casilla de correo electrónica proveedorestecnicos@minvu.cl
El plazo máximo de la recepción de las nóminas será el día Lunes 18 de Mayo hasta las 12:00 Hrs. Se adjunta formato con la información a completar , el cual una vez llenado debe ser enviado a la casilla de correo electrónico proveedorestecnicos@minvu.cl en formato EXCEL.
Saludos cordiales
Coordinadora Nacional de Registros Técnicos
Resolución Exenta N° 1966