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Chile y su Ley de Transporte Vertical
En nuestro país está vigente la Ley N° 20.296 (promulgada el 7 de octubre del año 2008) 1, siendo conocida como la “Ley del Transporte Vertical”. En plena adolescencia de esta ley, desde nuestro medio especializado hemos abogado por su perfeccionamiento y también hemos reconocido su lento desarrollo, insuficiente aún, para canalizar y tener respuestas frente a la realidad que muchas veces la desborda.
Personal técnico y certificación de sus competencias
En conformidad a la normativa vigente 2, “sólo están afectos a acreditar las competencias laborales de los perfiles de ChileValora 3 aquellos trabajadores que desempeñen directamente labores de instalación, mantención o certificación de ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares montacargas y escaleras o rampas mecánicas”.
“Los perfiles laborales del Transporte Vertical en Chile son 8 y están enmarcados dentro de los postulados de ChileValora que describe los conocimientos, habilidades y actitudes relevantes para una determinada ocupación u oficio”.4
Los perfiles están agrupados como siguen: 2 para la actividad de instalación de ascensores y montacargas; 3 para el trabajo de mantención de ascensores y montacargas, 2 para la labor de instalación y mantención de escaleras y rampas mecánicas y finalmente 1 para las funciones de inspección y certificación de ascensores y montacargas.
En la actualidad, los perfiles laborales del sector, tienen una vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2025.
Nos sigue preocupando la actitud de la Autoridades y los Legisladores de nuestro país al no considerar las características específicas del sector, donde claramente estos 8 perfiles resultan insuficientes para cubrir las innumerables funciones desplegadas en el funcionamiento de funiculares existentes, teleféricos, andariveles y juegos mecánicos.
Una de las tantas explicaciones para entender esta actitud, es recordar que el modelo económico – político chileno es el de una economía de mercado y ese modelo asigna al Estado un rol subsidiario, favoreciendo el emprendimiento del sector privado y fortaleciendo sus derechos de propiedad.
Un nuevo protagonista para certificar personal
De acuerdo a lo anterior, ChileValora en tanto servicio del Estado, con constitución tripartita (Gobierno – Central Unitaria de Trabajadores, CUT – Confederación de la Producción y el Comercio, CPC), han delegado en organizaciones de la sociedad civil, la responsabilidad de certificar las competencias laborales.
El CENTRO POLAC SpA, es un Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales privado, orientado en la Certificación del Perfiles del Sector Minería Metálica, Transporte y Logística y también Construcción, en el sub – sector de actividades especializadas de construcción.
Está habilitado para certificar en los 3 perfiles para el trabajo de mantención de ascensores y montacargas, de acuerdo a las respectivas resoluciones exentas que lo autorizan. 5
Fuentes referenciales
- Ley N° 20.296 Establece disposiciones para la instalación, mantención e inspección periódica de los ascensores y otras instalaciones similares. Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
- Decreto Supremo N° 22 de (Vivienda y Urbanismo), año 2009.
- Ley N° 20.267, crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora) y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo.
- Nuevo Plazo para Acreditar Perfiles Laborales del Transporte Vertical en Chile, (artículo publicado en nuestra revista el año 2020).
- Centropolac.cl